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OFFICINAS Winston-Salem Greensboro High Point Mt. Airy (ACERCA DE) NUESTRA FIRMA CONTÁCTESE (CON NOSOTROS) (NUESTROS) ABOGADOS PREGUNTAS FRECUENTES – COMPENSACIÓN LABORAL PREGUNTAS FRECUENTES – SEGURO SOCIAL POR DISCAPACIDAD TESTIMONIOS |
![]() Anna Caldwell y Asociados brinda ayuda a trabajadores que se han lesionado en el lugar de trabajo, o que han tenido una enfermedad asociada con su trabajo, a obtener los beneficios que se merecen. El seguro de Compensación Laboral puede pagar por el tratamiento médico, medicinas, y una parte de los jornales perdidos. También paga compensación por la pérdida parcial o total de una parte del cuerpo, pérdida del uso de una parte del cuerpo, o desfiguración. Muchos empleadores manejan mal los reclamos de Compensación Laboral de sus trabajadores, lo que puede impedir que los trabajadores reciban sus beneficios. Es muy importante seguir muy cuidadosamente las reglas y el procedimiento establecidos por la Ley de Compensación Laboral de Carolina del Norte para asegurarse de que se otorguen los beneficios al empleado. La mayoría de los trabajadores no saben que, después del accidente y lo antes posible, tienen que presentar el Formulario 18 de la Comisión Industrial a la Comisión Industrial de Carolina del Norte. Si no se presenta el Formulario 18 dentro de los 2 años, el empleado no reúne los requisitos para recibir los beneficios de Compensación Laboral. ¿Piensa que tiene un caso y quiere que un abogado lo evalúe GRATIS? (Haga clic aquí) ![]() Preguntas frecuentes sobre Compensación Laboral 1. ¿Qué es Compensación Laboral? Compensación Laboral es un sistema de seguro que fue creado por la legislatura de Carolina del Norte para proteger a los trabajadores que tienen lesiones o enfermedades asociadas con su trabajo. Un reclamo de Compensación Laboral es diferente de un reclamo por una lesión personal, ya que el trabajador no tiene que demostrar que su lesión o enfermedad se debió a la negligencia del empleador. Además, los beneficios de Compensación Laboral no cubren el dolor y el sufrimiento, o futuros daños. 2. ¿Quién está cubierto? La mayoría de los trabajadores, aunque no todos, tienen cobertura. Los empleadores de Carolina del Norte que dan empleo en forma regular a 3 o más personas por tiempo parcial o completo están obligados a tener seguro de Compensación Laboral o a reunir los requisitos como auto-asegurados. Usted también recibe cobertura si trabaja para el estado, un condado o ciudad, una agencia de empleos temporarios, o un subcontratista de la construcción. Los trabajadores del ferrocarril, la mayoría de los jornaleros en chacras, las empleadas domésticas y los contratistas independientes no están cubiertos. 3. ¿Cómo puedo averiguar si mi empleador ofrece seguro de Compensación Laboral? Puede averiguar llamando a la Comisión Industrial de Carolina del Norte, en Raleigh, al (919) 807-2500. Cuando llame, asegúrese de tener con usted su número de Seguro Social, la fecha de su accidente, y el nombre de su empleador. 4. ¿Qué lesiones y enfermedades están cubiertas? Una lesión es compensable si usted se lastimó en forma accidental y durante su trabajo. Una enfermedad es compensable si se la reconoce como una enfermedad ocupacional. Una de las enfermedades ocupacionales más comunes es el síndrome del túnel carpiano, que está causado por el movimiento o esfuerzo repetitivos de la mano. ![]() 5. ¿Qué beneficios se encuentran disponibles? Usted puede reunir los requisitos para recibir tratamiento médico y rehabilitación, beneficios de discapacidad temporaria (parcial o total) durante el período de su curación, y beneficios de discapacidad permanente parcial después de que le hayan dado el alta médico. También, Compensación Laboral cubre ciertos gastos: médicos, de cirugía, de enfermería, de servicios quiroprácticos y de fisioterapia, de medicinas, de transporte a citas médicas (si viaja más de 20 millas entre ida y vuelta), de elementos médicos o de cirugía y de soportes y prótesis. 6. ¿Cómo presento un reclamo de Compensación Laboral? Usted necesita completar un Formulario 18 de la Comisión Industrial de Carolina del Norte y dárselo a su empleador lo antes posible después del accidente, pero no más tarde que 30 días después. También debe enviar un Formulario 18 a la Comisión Industrial y guardarse una copia para usted. 7. ¿Mi empleador me va a apoyar o necesito un abogado? Los empleadores, en general, no ayudan a los trabajadores a presentar un reclamo de Compensación Laboral. Es bastante común que los empleadores traten de evitar por todos los medios que los trabajadores hagan el reclamo haciendo promesas falsas, amenazando con despedir al trabajador, o dándole información engañosa sobre el proceso de Compensación Laboral. Es así que los trabajadores están desprotegidos cuando quieren presentar el reclamo. El proceso de Compensación Laboral puede parecer intimidante para cualquiera debido al número de reglas que hay que seguir, los formularios de la Comisión Industrial que hay que completar, las cuestiones relacionadas al tratamiento medico (cuál es el mejor tratamiento médico, quién va a ser el médico del caso, cómo hacer que se apruebe la cirugía, etc.), y cuestiones concernientes a la vuelta al trabajo (trabajo liviano "el trabajo inventado para el trabajador", que el empleador no respete las restricciones de trabajo indicadas para el empleado, qué constituye una negativa justificada de volver al trabajo, cómo manejarse con una vuelta al trabajo de prueba). Un abogado puede ser de gran ayuda en cualquier etapa de su reclamo. Aun si usted no contrató a uno al comienzo, es probable que todavía no sea tarde para hacerlo. Ella o él puede asegurar que usted reciba todos los beneficios de Compensación Laboral que usted se merece, tal como el tratamiento médico. El abogado o abogada también sabrá si usted reúne los requisitos para recibir los beneficios de otros programas, y si solicitarlos lo va a beneficiar a usted. Finalmente, si su abogado o abogada se encarga de comunicarse con la compañía aseguradora, usted se ahorra el estrés y se puede concentrar en curarse. ![]() Un abogado es esencial en las siguientes situaciones: 8. ¿Cómo se le paga a un abogado de Compensación Laboral? La consulta inicial, por teléfono o en persona, es gratis. Si un abogado o abogada toma su caso, él o ella recibe sus honorarios solamente si usted recibe compensación monetaria. Esto significa que los honorarios dependen de los beneficios que consiga para usted. Si el abogado o abogada no le consigue ningún beneficio, usted no le debe nada por su trabajo. En general, los abogados cobran el 25 % de la suma total que le consiguen como compensación a su reclamo. Le van a cobrar una pequeña suma por los gastos, como la obtención de los registros médicos, (citaciones), etc. Es importante aclarar que la Comisión Industrial revisa el acuerdo de honorarios a pagar que usted firma con el abogado, para asegurarse de que ese acuerdo sea justo y razonable. ¿Está listo para que una bogado evalúe su caso GRATIS? (Haga clic aquí) |
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